postheadericon CONDICIONES PLA RENOVA'T



REQUISITOS TÉCNICOS

La inversión mínima debe ser superior a 1.000 €

El IVA está excluido de la ayuda.

El pago de la renovación deberá haberse efectuado mediante transferencia bancaria, cheque bancario o tarjeta de crédito / débito

Las carpinterías nuevas deben tener el marcado CE

Si las carpinterías son metálicas (aluminio, acero) deberán tener rotura del puente térmico.

Si las carpinterías nuevas son de madera deberán ser de procedencia controlada o bien con marcajes PEFC o FSC.

En caso de carpinterías de madera en que se mantenga el marco y se sustituya el vidrio para lograr la transmitancia requerida, se subvencionará la renovación del vidrio y la adaptación del marco.

Si se renuevan o incorporan las persianas, u otras protecciones solares deben mejorar la eficiencia térmica de las sustituidas, o de la apertura que protegen.

Si hay una caja de persiana, la tapa interior de esta deberá tener una transmitancia inferior o igual a 1,3 W/m2K.

Los agujeros para hacer pasar cintas y manubrios deben tener algún tipo de mecanismo que selle el paso del aire.

No se considerarán protecciones solares objeto de subvención ni los filmes ni los screens incorporados al vidrio, ni los screens interiores, de vidrios dobles.

No se subvencionarán las protecciones solares que se incorporen colocadas con orientación norte, porque no pueden hacer esta función.

La carpintería sustituida hay que llevar a un centro de recogida en el momento de efectuar la sustitución. La empresa comercializadora adherida o instaladora deberá hacer constar en la factura la recogida donde se han llevado los residuos. Recordemos que este aspecto podrá ser objeto de inspección.

VIVIENDAS PARTICULARES

La transmitancia del nuevo cierre (UF) debe ser inferior o igual a la que determine la siguiente tabla:

Zona climática Transmitancia térmica para agujeros (UF)
A ≤ 3,5 W/m2K
B ≤ 3,0 W/m2K
C ≤ 2,4 W/m2K
De ≤ 2,1 W/m2K
E ≤ 2,0 W/m2K
Consulta la transmitancia que requiere tu cierre en el apartado de información

Además de la transmitancia se pedirá que se justifique el Factor Solar Modificado, parámetros que a parte del zona climática vendrán determinados por tipo de edificio yla proporción de la parte de ventanas al respecto de la superficie total de fachadas, según la tabla IDAE que especifica el orden.

REQUISITOS BENEFICIARIOS

Todos los solicitantes deberán cumplir una serie de requisitos legales, que son comunes a las subvenciones:

No encontrarse en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003)
Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social y no tener deudas con la Generalidad de Cataluña
Los solicitantes de la ayuda para viviendas particulares deberán:

Estar empadronados en la vivienda donde se haga la renovación
La inversión mínima a realizar para poder solicitar la subvención es de 1.000 €
Los solicitantes de la ayuda para edificios del sector terciario y actuaciones integrales en bloques de viviendas deberán cumplir los requisitos legales que se detallan en el punto 5.4 del orden.

QUE SE SUBVENCIONA

Renovación de cierres como ventanas, puertas-vidrieras y claraboyas por otras más eficientes térmicamente que mejoren, como mínimo, en un 20% la eficiencia térmica.

Sólo si el cierre se renueva, también se subvencionará la sustitución o incorporación de sistemas de protección solar como persianas, lamas, celosías o toldos

* Las ayudas son sólo para cerramientos en contacto con el exterior.

* En el caso de las familias, sólo se subvencionará la renovación de las ventanas, cerramientos y protección solar de primeras residencias donde el solicitante deberá estar empadronado.

QUE ENTRA EN LA SUBVENCIÓN

Sustitución de cerramientos (ventanas, puertas-vidrieras, claraboyas) poco eficientes térmicamente por otras eficientes, en edificios dentro del territorio catalán, y que proporcionen una mejora, como mínimo, del 20% en su eficiencia térmica.
Los cierres deben estar en un recinto habitable en contacto con el exterior o en contacto con un espacio no habitable.
La superficie de la apertura considerada es el hueco de obra (cierre medido desde el exterior).
En el caso de renovación del cierre en viviendas, es necesario que éste sea la primera residencia del solicitante.

QUE NO ENTRA

Carpinterías interiores (que no estén en un recinto habitable en contacto con el exterior o un espacio no habitable).
Reparación o sustitución simple de algún componente del cierre.
Tampoco se subvencionarán los cerramientos de vidrio que se coloquen con la finalidad de cerrar ambientes exteriores (terrazas y / o tendederos) por no tratarse de renovaciones sino de modificaciones en la envolvente de la vivienda.
Nueva instalación de sistemas de protección solar con orientación norte.


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